Es cuando el árbitro resuelve según sus criterios personales de justicia, sin que este signifique desconocer lo pactado por las partes.
Rapidez, eficiencia y predictibilidad. Rapidez, el proceso arbitral dura un promedio de cuarenta días desde que se demanda hasta que se resuelve y no puede ser materia de apelación para que una segunda instancia revise lo resuelto por el árbitro; el poder judicial puede llegar hasta tres instancias, si sólo se resuelve en primera instancia se tendría un promedio de resolución de un año y la ejecución se realizaría en aproximadamente en nueve meses más, esta sentencia es apelable y la resolución de la Corte Superior también es factible de ir a una tercera instancia vía recurso de nulidad.
Cuando se da un conflicto entre dos personas, pueden acudir a un conciliador o a un árbitro para que resuelva el problema; sin embargo el conciliador, lo único que puede hacer es tratar de lograr un acuerdo entre las partes en disputa y si no lo logra estas deben recurrir al poder judicial para que este resuelva la causa, por otro lado el árbitro no requiere que las partes se pongan de acuerdo, sino que lo que hace es analizar las pruebas de las partes y da una sentencia que en arbitraje se llama laudo y resuelve la causa a favor de alguna de las partes y lo resuelto debe cumplirse, por lo que lo que realmente hace el árbitro es juzgar la causa y resolver en forma definitiva. Además se debe tener en cuenta que el árbitro puede ordenar diferentes tipos de medidas cautelares entre ellas embargo en cuentas, inscripción en registros públicos e intervención en administración y recaudación.
Esta clausula se coloca en reemplazo de la clausula que dice que las partes se someten a los jueces y tribunales. Siendo el texto de la misma:
“Ambas partes pactan que en el caso de que surjan controversias entre las mismas sobre asuntos materia del presente contrato de arrendamiento, incluidas las referidas a su nulidad o invalidez y/o resolución por incumplimiento del mismo, se someten a arbitraje de conciencia del Centro de Arbitraje Financiero Inmobiliario, mediante arbitro único, el que será nombrado por el mismo centro a quien se le otorga facultades de ejecución del laudo. Las partes se someten a las reglas de procedimiento del centro de arbitraje nombrado vigente al inicio del proceso arbitral”.
El proceso inicia cuando un arrendatario deja de pagar la renta y el propietario ante el incumplimiento del contrato toma acciones legales en demanda del pago de la renta y la entrega del inmueble. El propietario ante esta situación enfrenta dos perjuicios, el primero es el gasto que tiene que realizar en pagar a su abogado y los gastos del proceso y el segundo perjuicio es la renta que deja de recibir mientras dure el proceso. Por lo general cuando se demanda este tipo de procesos no se llega a recuperar el pago de la renta, salvo que los arrendatarios tengan bienes que puedan ser materia de embargo y por lo general los bienes muebles que podrían ser embargados son de escaso valor para la recuperación de renta, por eso es tan importante poder recuperar el inmueble lo más rápido posible.
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Siempre se ha creído que los dos meses y quince días es un plazo obligatorio, pero esto no es cierto. El artículo 1698º del Código Civil dice que: ¨La resolución por falta de pago de renta se sujeta a lo pactado, pero en ningún caso procede en caso de casas habitación comprendidas en leyes especiales, si no se han cumplido por lo menos dos mensualidades y quince días.¨
Para poder establecer plazos menores se debe consignar la siguiente cláusula: “La falta de pago oportuna de la renta será causal de resolución del presente contrato”, por lo que el propietario podría demandar desde el día siguiente al incumplimiento la resolución del contrato y por ende el desalojo del inmueble y el pago de la renta adeudada.
Conseguir la orden de desalojo en el fuero arbitral, implica ahorrar mucho tiempo e instancias procesales. Asimismo; debe tenerse en cuenta que las órdenes arbitrales ante el poder Judicial se tramitan ante los Juzgados Comerciales dentro de su ámbito territorial, juzgados especializados y con un tiempo de resolución mucho menor al promedio judicial.
El proceso arbitral fue ideado para que los gastos sean asumidos por la parte vencida. Y esto permite que se puedan recuperar no sólo los gastos del proceso sino también el costo de abogado.